Por Por ELA - Equipo Latinoamericano de Justicia y Género
La Pampa: una primera aplicación de la ley de paridad en el legislativo con resultados favorables
La provincia de La Pampa cuenta con una ley de paridad provincial (Ley N° 3259) sancionada en 2020 que garantiza la paridad de género en las candidaturas a cargos públicos electivos tanto en el orden provincial como municipal, comisiones de fomento y en la conformación de los órganos de los partidos políticos. La misma indica que las listas para cargos electivos deberán conformarse en su totalidad ubicando de manera intercalada a mujeres y varones. En este caso la ley también incluye a las fórmulas para la/el Gobernadora/or, Vicegobernadora/or, las cuales deberán conformarse respetando el principio de paridad.
En las elecciones ejecutivas, luego de las primarias, 6 listas competían para los cargos de gobernación y vicegobernación. Ninguna de estas listas llevó a una mujer como candidata a gobernadora, en los 6 casos las mujeres acompañaron en el puesto de vices. Luego del escrutinio definitivo los resultados dieron por ganadora a la lista que encabezó Sergio Ziliotto por el Frente Justicialista Pampeano que tenía a Alicia Susana Mayoral como candidata a vicegobernadora.
En relación a las elecciones legislativas: en La Pampa el poder legislativo es unicameral, está compuesto por 30 bancas y se renueva completamente cada 4 años tomando a la provincia como distrito único. Esta sería entonces la primera vez que se aplica la ley de paridad sancionada en 2020. Los resultados finales en cuanto a la distribución por género de las bancas muestra un ligero avance en comparación a la conformación anterior: se pasó de tener 12 mujeres (40%) y 18 varones (60%) a tener 14 mujeres (47%) y 16 varones (53%). Esto significa un aumento de 7 puntos porcentuales en la participación de mujeres.
Salta: con un sistema complejo, la ley se esfuerza pero la realidad se resiste
La provincia de Salta cuenta con una ley de paridad provincial (Ley Nº7955) sancionada en 2016 la cual establece que la postulación de precandidatos/as y candidatos/as deberá respetar la igualdad real de oportunidades garantizando la participación equivalente de géneros para el acceso a cargos electivos.
En las elecciones para el poder ejecutivo se presentaron 12 listas de las cuales 9 llevaban como candidatos a gobernador a un varón y sólo 3 estaban lideradas por una candidata mujer. Luego del escrutinio definitivo los resultados dieron por ganador al actual gobernador Gustavo Sáenz, quien llevaba en su fórmula a Antonio Marocco como vice.
El poder legislativo de la provincia de Salta es bicameral y divide al territorio en 23 departamentos en donde cada departamento funciona como distrito único. Ambas cámaras tienen características distintas. Vamos primero por la Cámara de Diputados: está compuesta por 60 bancas que se renuevan de a mitades cada 4 años. Las 30 bancas que se renovaron este año se distribuyen de distinta manera por departamentos: en 9 departamentos se eligió 1 diputado/a, en 3 departamentos 2 diputados/as, en 2 departamentos 3 diputados/as y en el departamento donde más bancas se eligieron es en de la Capital: 9 en total. Esta variación según la magnitud del departamento (cantidad de bancas que se eligen) hace que varíe la efectividad de la ley de paridad.
Si miramos las listas en 9 de los 15 departamentos, los encabezamientos de mujeres no llegan al 30% y en 2 departamentos es de 0% (La Candelaria y La Viña). En estos dos casos, si tenemos en cuenta que la cantidad de bancas a elegir es igual a 1, esto quiere decir que no hubo oferta de candidatas mujeres en esos distritos.
El resultado final para la cámara de diputados de la provincia en cuanto a la distribución por género de las bancas muestra retroceso en comparación a la conformación anterior: se pasó de tener 24 mujeres (40%) y 36 varones (60%) a tener 18 mujeres (30%) y 42 varones (70%). Es una reducción de 10 puntos porcentuales en la participación de las mujeres.
En cuanto a la Cámara de Senadores: está compuesta en total por 23 senadores/as (1 senador/a por departamento) y también se renueva de a mitades cada 4 años. En estas elecciones se eligieron representantes para 11 de los departamentos, o sea 11 senadores/as. Si miramos las listas en 5 de los 11 departamentos el porcentaje de mujeres encabezando no alcanza el 30% y en 2 departamentos el porcentaje es 0% (Iruya y Rivadavia). En estos últimos dos casos tampoco hubo oferta de candidatas mujeres.
El resultado final para la cámara de senadores de la provincia en cuanto a la distribución por género de las bancas muestra una mínima mejoría en comparación a la conformación anterior: se pasó de tener 1 mujer (4%) y 22 varones (96%) a tener 2 mujeres (9%) y 21 varones (91%). A pesar de haber sumado una mujer, la situación general evidencia una profunda subrepresentación de las mujeres.
Tierra del Fuego: sin ley de paridad a la vista
Tierra del Fuego, al igual que Tucumán, no tiene ninguna ley que establezca la paridad 50-50 para la conformación de las listas de candidatos/as a cargos legislativos provinciales. Lo que rige actualmente es una ley de cupo (Ley 408) sancionada hace 25 años (1998). La ley establece que las listas de candidatos para cuerpos colegiados que se presenten para su oficialización, deberán tener un mínimo de 30% de cada sexo de los cargos a elegir y en proporciones ciertas de ser electas.
En las elecciones para el poder ejecutivo se presentaron 5 listas de las cuales 3 llevaban como candidatos a gobernador a un varón y 2 estaban lideradas por una candidata mujer. Estas eran las listas de Republicanos Unidos con Andrea Almirón De Pauli como candidata a gobernadora y el Frente de Izquierda y de Trabajadores - Unidad con Lucía Zulma Fernández como candidata a gobernadora. Luego del escrutinio definitivo los resultados dieron por ganador a Gustavo Melella por la coalición Unidos Hacemos Futuro que llevaba a Mónica Urquiza como candidata a vicegobernadora.
En Tierra del Fuego el poder legislativo es unicameral, está compuesto por 15 bancas que se renuevan cada 4 años de manera completa. En este caso, no existen divisiones territoriales en circuitos electorales ya que se toma a la provincia como distrito único. En relación a las elecciones legislativas, de las 12 listas que se presentaron, 6 estaban encabezadas por una mujer. Sin embargo, el resultado final en la legislatura en cuanto a la distribución por género de las bancas muestra un retroceso en comparación a la conformación anterior: se pasó de tener 6 mujeres (40%) y 9 varones (60%) a tener 5 mujeres (33%) y 10 varones (67%). Esto significa un descenso de 7 puntos porcentuales en la participación de mujeres en la legislatura.
Lejos de los ejecutivos y con retrocesos en 2 legislaturas
Una vez más las mujeres están lejos de ocupar la titularidad de los ejecutivos provinciales. En el caso de La Pampa directamente no hubo oferta de mujeres para ser candidatas a gobernadoras. Si lo pensamos al revés, ¿qué pasaría si para una elección no existieran candidatos varones para la gobernación? Probablemente generaría consternación o incluso preocupación, sin embargo, esto es completamente hipotético porque, de hecho, nunca ha sucedido.
Los resultados finales de cómo quedarían conformadas las legislaturas provinciales en términos de género nos deja un sabor amargo en los casos de Salta y Tierra del Fuego. En el caso de Salta, siendo la segunda vez que se aplica la ley de paridad para la conformación de las listas a nivel provincial los números no muestran un progreso en la participación de mujeres. En la cámara de diputados hubo un retroceso de 10 puntos porcentuales y en la cámara de senadores no se alcanza ni el 10% de representación de mujeres. Al igual que en el caso de La Rioja, se evidencia un claro problema de efectividad con la ley de paridad producto de la incompatibilidad con el diseño del sistema electoral de la provincia.
En Tierra del Fuego también se dio un retroceso de 7 puntos porcentuales, esto resulta preocupante ya que al no haber una ley de paridad provincial, que las mujeres integren una lista o no queda librado a la voluntad de los líderes partidarios. A pesar de que la provincia está atrasada en cuanto a la sanción de una ley provincial, el año pasado la ciudad de Ushuaia incorporó en su carta orgánica municipal el principio de la Democracia Paritaria como eje de la conformación del Concejo Deliberante. Recomendamos este corto donde, con entrevistas a quienes conforman el Movimiento de Mujeres de Ushuaia, se detalla esta lucha.
PD: Una vez más, los resultados de las elecciones muestran una enorme ausencia de representación de las personas travestis y trans. Es grave que en nuestra democracia aún los espacios de poder político sean poco plurales y representativos de la enorme diversidad de la población.
Seguiremos monitoreando!