San Luis: una ley de avanzada pensada para la cámara de diputados/as
En el año 2020 la provincia de San Luis sancionó una de las leyes de paridad más avanzadas (Ley Nº VIII-1038-2020). Esta ley además de establecer el 50% de cada género para la conformación de las listas, para la cámara de diputados se legisla sobre una cuestión fundamental que no tienen en cuenta las demás leyes: los encabezamientos. En su artículo 2 se establece que: para la Cámara de Diputados deberá alternarse el orden de prelación por género en cada elección por Departamento, en relación a la anterior, garantizando igual participación a mujeres y varones en todo el territorio provincial. Esto quiere decir que para las listas de diputados/as se debe alternar los géneros de quienes encabezan teniendo en cuenta el género de quien encabezó en las elecciones anteriores. También se incluyó una cláusula transitoria que determinó que: para las renovaciones ordinarias parciales de los años 2021 y 2023 de Diputadas/os provinciales, las listas de candidaturas que se presenten deben integrarse ubicando en su primer cargo titular a personas de género femenino.
Es fundamental el foco en los encabezamientos de listas en este caso ya que en San Luis existe un sistema particular de votación que se llama Ley de Lemas, o doble voto simultáneo. En este sistema de voto, un mismo partido o coalición (lema) puede presentar varias candidaturas para el mismo cargo (sublemas). Es simultáneo porque en el mismo momento se vota a una coalición y a un candidato/a particular de esa interna. Este tipo de sistema amplía la oferta electoral (ya que muchos sublemas pueden estar incluidos en una mismo lema) y genera mucha distribución de votos entre sublemas por lo que solo los primeros de la lista resultan efectivamente electos.
El poder legislativo de San Luis es bicameral. La Cámara de Diputados está compuesta por un total de 43 bancas que se eligen por departamento tomando cada uno como distrito electoral. Hubo elecciones en 4 departamentos y gracias a lo que mencionamos sobre la especificidad de la ley de paridad en el 100% de los sublemas, las listas estuvieron encabezadas por mujeres. Los resultados en cuanto a la distribución por género de la cámara muestran que quedará conformada por un 56% de mujeres y un 44% de varones.
En la Cámara de Senadores la situación es totalmente opuesta. En la legislación no se tuvo en cuenta que la cámara está conformada por 9 senadores, uno por cada departamento, es decir, cargos uninominales. Por razones distintas, aquí también los encabezamientos son fundamentales. Los resultados en cuanto a la distribución por género de la cámara muestran que quedará conformada por un 11% de mujeres y un 89% de varones. Esto representa una reducción de 22 puntos porcentuales en la participación de las mujeres de la conformación anterior.
Tucuman: sin ley de paridad a la vista
La provincia de Tucuman, al igual que Tierra del Fuego, no cuenta con una ley de paridad a nivel provincial. Actualmente existe una ley de cupo para el poder legislativo (Ley 6.592) que establece que las listas deberán tener mujeres en un mínimo del 30% y en proporciones con posibilidad de resultar electas. Más adelante, la misma ley especifica que, más allá de los encabezamientos, debe haber regularmente una mujer por cada dos varones hasta que se cubra el porcentaje mínimo que exige la ley.
Para las elecciones a cargos de gobernador/a y vice, de un total de 8 listas, solo 1 estuvo encabezada por una mujer. Esta fue la lista del partido de Política Obrera que llevó a Raquel Grassino como candidata a gobernadora. El triunfo lo obtuvo la alianza Frente de Todos por Tucumán quien tenía como candidato a gobernador a Osvaldo Jaldo y como vicegobernador a Miguel Acevedo. De esta manera, nuevamente el resultado es un ejecutivo compuesto enteramente por varones.
El poder legislativo en Tucuman es unicameral y está compuesto por un total de 49 legisladores/as que se renuevan totalmente cada 4 años. En este caso la provincia cuenta con un sistema de voto, similar a la ley de lemas, denominado Ley de Acoples. En este caso, para una misma candidatura ejecutiva se le pueden “acoplar” listas anexas para candidaturas a la legislatura o para concejos deliberantes. De la misma manera que con la Ley de Lemas, también se amplía significativamente la oferta electoral.
La provincia se divide en 3 secciones electorales para las cuales se eligen 19, 12 y 18 legisladores correspondientemente. Si miramos los encabezamientos de los acoples que lograron al menos una banca, en la sección electoral 1, de 17 acoples, solo 3 estuvieron encabezados por mujeres. En la sección electoral 2, de 4 acoples la totalidad estaba encabezada por varones. Y, por último, en la sección electoral 3, de 8 acoples la totalidad estaba encabezada por varones. Si tenemos en cuenta que no hay una imposición de que al menos los segundos puestos en las listas estén ocupados por mujeres, lo que sucede es que en la mayoría de los casos las mujeres quedan relegadas a los 3 puestos, los cuales en mucho menor medida tienen posibilidades de llegar a ocupar la banca. Los resultados de las elecciones en cuanto a la distribución por género de las bancas no evidencia una variación considerable en comparación a como estaba conformada la legislatura anteriormente: se pasó de tener 10 mujeres (20%) y 39 varones (80%) a tener 11 mujeres (22%) y 38 varones (78%).
Corrientes: primera aplicación de la ley de paridad
La provincia de Corrientes fue la última provincia en sancionar una ley de paridad, esto fue en 2021 (Ley N° 6612). La misma establece que las listas de candidatos que se presenten para la elección de senadores y diputados provinciales, concejales y convencionales constituyentes provinciales y municipales deben integrarse ubicando, de manera intercalada, a mujeres y varones desde el primer candidato titular y hasta el último candidato suplente. Estas son las primeras elecciones en las cuales se aplica la ley de paridad.
En esta provincia hubo solamente elecciones en el poder legislativo el cual es bicameral. En el caso de la Cámara de Diputados, el mismo está compuesto por 30 bancas que se renuevan de a mitades cada 2 años. Los resultados de las elecciones en cuanto a la distribución por género de las bancas muestra un pequeño avance: quedará conformada por un 47% de mujeres y un 53% de varones. Esto representa un aumento de 4 puntos porcentuales en la participación de las mujeres.
En el caso de la Cámara de Senadores, posee un total de 15 bancas que se renuevan de a tercios cada 2 años. Los resultados en cuanto a la distribución por género de las bancas también muestran un pequeño avance: quedará conformada por un 33% de mujeres y un 67% de varones. Esto representa un aumento de 6 puntos porcentuales en la participación de las mujeres.
Con la legislación sola no alcanza
El caso de la ley de paridad de San Luis es un puntapié inicial para pensar un posible avance o solución en relación a los encabezamientos de las listas. Por lo menos para el caso de la Cámara de Diputados la legislación tuvo en cuenta el obstáculo que podría haber sido la Ley de Lemas. Los números se muestran muy favorables. Por el contrario, la Cámara de Senadores que, no a causa de su sistema de votación sino que producto de la característica de tener cargos uninominales, una ausencia de encabezamientos de mujeres deja al senado con números extremadamente bajos:
1 sola senadora.
En Tucumán los resultados son esperables teniendo en cuenta que no hay una ley de paridad, y que las mujeres, con suerte, quedan relegadas a los terceros puestos. Se añade la complicación de una Ley de Acoples que fragmenta aún más la oferta electoral y con ausencia de encabezamientos de mujeres, las mismas quedan ausentes en los resultados.
Para Corrientes podemos festejar el avance de la legislación y los aumentos porcentuales en la participación de las mujeres en ambas cámaras. En el caso de la cámara de senadores los números siguen siendo bajos pero no es lo mismo tener una ley de paridad a no tenerla. Igualmente, seguimos reforzando que solamente con la ley de paridad no alcanza, es fundamental que exista, pero también es primordial que los partidos políticos impulsen liderazgos de mujeres y que éstas encabecen listas.
PD: Una vez más, los resultados de las elecciones muestran una ausencia de representación de las personas travestis y trans. Es grave que en nuestra democracia aún los espacios de poder político sean poco plurales y representativos de la enorme diversidad de la población.
¡Seguiremos monitoreando!