ELA presentó comentarios al Proyecto de Reforma Electoral

En base a nuestras investigaciones y monitoreos previos, analizamos el proyecto desde una perspectiva de género e hicimos llegar nuestros comentarios a quienes integran la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara de Diputados de la Nación.

(Buenos Aires, 05 de agosto de 2016) – La Cámara de Diputados comenzó a debatir ayer por la tarde el Proyecto de Reforma Electoral presentado por el Poder Ejecutivo. Desde ELA, analizamos el proyecto desde una perspectiva de género, en base a nuestras investigaciones y monitoreos previos, e hicimos llegar nuestros comentarios a la comisión de Asuntos Constitucionales.

En primer lugar, encontramos algunas discrepancias entre las motivaciones que se esbozan en la justificación del proyecto respecto de las medidas efectivamente adoptadas en el texto de reforma de la ley. El gobierno propone un proceso de reforma que “contemplará diferentes aspectos cuestionados de nuestras prácticas políticas y electorales”.  En ese sentido, se sostiene que: “Este proyecto conforma una primera etapa de ese proceso gradual, proponiendo un conjunto de modificaciones legislativas orientadas a mejorar la integridad, transparencia y equidad del sistema electoral argentino, para que éste goce de la confianza de todos los ciudadanos”.

Sin embargo, la propuesta carece de toda referencia a la participación política de las mujeres, a los mecanismos para ampliar o garantizar siquiera su representación, mejorando los controles ya establecidos en la legislación vigente. Por lo tanto, en nuestra opinión el proyecto parece ofrecer una versión devaluada de la democracia, la participación y del principio de equidad en el que se sustenta.

La participación efectiva de las mujeres en los procesos electorales fue dispuesta por la Ley 24.012, pionera en su momento al establecer por ley un cupo del 30% para la integración de las listas a cargos electivos nacionales. Es conocida la evolución posterior en las legislaciones provinciales y en la reglamentación de la Ley 24.012 para avanzar en el cumplimiento efectivo de esta disposición. Lo que resulta menos conocido, tal vez, es que a 25 años desde su sanción, la ley todavía es violada por diferentes partidos políticos, alianzas y frentes electorales sin que la Justicia Electoral cumpla de un modo cabal y efectivo con su función de garante de su observancia. En las elecciones nacionales de 2015 el 10% de las listas oficializadas por la Justicia Electoral de diversas provincias incumplía de distintas maneras el cupo femenino. “La verdadera incorporación de un principio de equidad en este proyecto debería establecer como mínimo mejores mecanismos para garantizar la efectiva participación política de las mujeres en los procesos electorales”, opinó Natalia Gherardi, directora ejecutiva de ELA.

Por su parte, Lucía Martelotte, responsable del área de políticas de ELA señalo: “También identificamos algunos problemas en el texto del proyecto que muestran el desinterés por garantizar la participación de las mujeres en los procesos electorales”. En este sentido, en la nota presentada se detalla que la información entregada al electorado invisibiliza a las mujeres; el sistema de reemplazo previsto no incluye garantías para cuidar la representación femenina y la observacia de la participación de las mujeres no aparece como una “cuestión relevante”. Pero además, se señala en la nota que el principio fundamental de una reforma electoral debe ser la garantía de igualdad para la participación de las mujeres.

Por otro lado, desde ELA destacamos que incluso el proceso que llevó hasta la presentación de este proyecto practicamente excluyó a las mujeres: las imágenes difundidas en los medios de comunicación y gacetillas oficiales dan cuenta de la presencia mayormente masculina en las reuniones y debates.

Una reforma electoral que se presenta como un paso en el marco de un proceso para avanzar en la calidad de la democracia, basado en un principio de equidad, requiere avanzar hacia la paridad. La paridad en la participación política no se plantea como una medida transitoria sino como un principio rector de la democracia, que va más allá de la representación formal de varones y mujeres, y que aspira a una democratización de las relaciones entre los géneros.

Lo contrario sería mantener a nuestro país anclado en lo que fue un avance hace 25 años, pero hoy ya no lo es.

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