Monitoreo

Santiago del Estero

Porcentaje de mujeres y varones que ocupan cargos en cada uno de los tres poderes del Estado provincial.

Referencias
MMujeres
VVarones

Actualizado a septiembre de 2024

Poder Ejecutivo

GobernadorV
VicegobernadorV
Mujeres
Varones

Jefatura de Gabinete

varón

Ministerios

Ministerio de Desarrollo Social, Promoción Humana y Relaciones Institucionales con la ComunidadV
Ministerio de EconomíaV
Ministerio de Educación, Ciencia y TecnologíaM
Ministerio de Justicia y Derechos HumanosM
Ministerio de Obras, Servicios Públicos y AguaV
Ministerio de Producción, Recursos Naturales, Forestación, Tierras y Medio AmbienteV
Ministerio de Gobierno, Seguridad y CultoV
Ministerio de SaludM
Total Ministerios 8
Cantidad de Mujeres 3
Mujeres
Varones

Poder Legislativo

Legislatura

Posición Cantidad
Mujeres 20
Varones 20
Total Legisladores 40
Mujeres
Varones

Corte Suprema

PresidenteV
Vicepresidente 1V
Vicepresidente 2M
Total integrantes 3
Cantidad de Mujeres 1
Mujeres
Varones

Justicia ElectoralLa justicia electoral en la provincia de Santiago del Estero es la encargada de la aplicación del Código Electoral Provincial (Ley provincial 6.908) sobre el Sistema Electoral Provincial, y la Ley N°6562, Ley Orgánica de los Partidos Políticos en la Provincia de Santiago del Estero. El Tribunal Electoral de la provincia de Santiago del Estero es el órgano que vela por la aplicación de estas leyes controlando también la organización y actividad de los partidos políticos, y organizando los procesos electorales. El Tribunal Electoral está presidido por el Presidente del Superior Tribunal de Justicia e integrado además, por el fiscal de estado y un diputado de la minoría. (Art. 46 de la Constitución Provincial). El Tribunal forma, corrige, e imprime las listas provisionales y los padrones definitivos. También atiende los reclamos de los ciudadanos/as y apoderadas/os de los partidos políticos. Debido a sus facultades el Tribunal se encarga de las regulaciones impuestas al Código Electoral Provincial (Ley provincial 6.908) sobre el Sistema Electoral Provincial, y a la Ley N°6562, Ley Orgánica de los Partidos Políticos en la Provincia de Santiago del Estero, por la Ley Provincial 6.509 sobre paridad de género. Esta normativa es fundamental para hacer efectiva la participación política igualitaria de las mujeres en los procesos electorales.

Presidente V
Fiscal de Estado V
Diputado por la Minoría V
Total integrantes 3
Cantidad de Mujeres 0
Mujeres
Varones

Máxima autoridad: Varón

Fuente: http://www.tribunalelectoralse.gov.ar/autoridades.php