Justicia ElectoralLa justicia electoral en la provincia de Tucumán es la encargada de la aplicación de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos Nº 5454 y la Ley Nº 7876 – Régimen Electoral de la Provincia. La Junta Electoral Provincial está compuesta por: el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, por el Ministro Público Fiscal y el Ministro Pupilar y de la Defensa o sus reemplazantes legales. Es el órgano que vela por la aplicación de estas leyes controlando también la organización y actividad de los partidos políticos, y organizando los procesos electorales. Forma, corrige, e imprime las listas provisionales y los padrones definitivos. También atiende los reclamos de los ciudadanos/as y apoderadas/os de los partidos políticos. Debido a sus facultades la Junta Electoral Provincial es quien se encarga de las regulaciones impuestas a la Ley Orgánica de los Partidos Políticos Nº 5454 y la Ley Nº 7876 – Régimen Electoral de la Provincia, por la Ley N°6592 sobre Cupo Femenino. Tucumán no cuenta con una normativa provincial de adhesión a la Ley 27.412 de de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política. Esta normativa es fundamental para hacer efectiva la participación política igualitaria de las mujeres en los procesos electorales.